Para conocer las modificaciones que tendrán en el 2020, debemos saber qué son los Incoterms, son términos para acordar las responsabilidades del exportador e importador, afectando costos, responsabilidades y contratos internacionales; no importa qué papel estés jugando en el comercio internacional.
Las especificaciones de los derechos y obligaciones de vendedores y compradores son modificadas cada 10 años; para este año se espera la participación de China y Australia, donde el comercio exterior ha adquirido gran fuerza.
Cambio #1
Antes, se utilizaban las siglas E, F, C y D, para elegir el Incoterm correcto, llevando a muchas confusiones. Ahora se recomienda el siguiente orden para cualquier medio de transporte:
- Ex-Works (EXW)
- Free Carrier (FCA)
- Carriage Paid To (CPT)
- Carriage and Insurance Paid To (CIP)
- Delivered At Place (DAP
- Delivered at Place Unloaded (DPU)
- Delivered Duty Paid (DDP)
Para transporte marítimo
- Free Alongside Ship (FAS)
- Free On Board (FOB)
- Cost and Freight (CFR)
- Cost, Insurance, and Freight (CIF)
Estos cambios en la clasificación ayudarán a que quede más claro cómo escoger los Incoterms y utilizarlos de manera precisa.
Cambio #2
Se elimina el Incoterm DAT, debido a su imprecisión. Este incoterm obligaba al exportador a hacer toda la logística hasta el país del comprador, dejando los bienes en una terminal o puerto sin especificar. Ahora se utilizará el Incoterm DPU (Delivered at Place Unloaded – Mercancía entregada y descargada en lugar acordado).
Gracias a este cambio, habrá más claridad en las operaciones de comercio exterior.
Cambio #3
La sustitución del DAT por DPU, con nuevas obligaciones para el exportador:
- Embalar y transportar la mercancía hasta el puerto o terminal de cruce, haciendo todos los trámites de exportación.
- Cruzar la mercancía o transportarla hasta el país destino.
- Avisar al importador cuando estén las mercancías en el lugar acordado (puede ser terminal, puerto, bodega u otro lugar convenido). Así el importador podrá terminar con los trámites de importación.
Para el importador:
- Apoyar el exportador con documentos e información para hacer el trámite.
- Recibir la mercancía en el punto convenido para hacer los trámites aduanales correspondientes.
Estos cambios estarán vigentes a partir del 1º de enero del 2020, regulando las actividades por los próximos 20 años, también aplicarán en la seguridad, pesaje y seguros en CIF y CIP, quizás debas tenerlos en cuenta.